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SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRIA CABALLAR DE ESPAÑA |
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HIPÓDROMO
DE LASARTE TEMPORADA DE PRIMAVERA 2005 |
| PRIMER DIA, DOMINGO 10 DE ABRIL | SEGUNDO DIA, DOMINGO 24 DE ABRIL |
| TERCER DIA, DOMINGO 8 DE MAYO | CUARTO DIA, DOMINGO 22 DE MAYO |
| QUINTO DIA, DOMINGO 5 DE JUNIO | CONDICIONES GENERALES |
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PREMIO
1
5.100 euros (3.000, 1.200, 600 y 300)
Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso: 58
kilos. Descargo: 2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia: 1.500 metros.
PREMIO
2
5.100 euros (3.000, 1.200, 600 y 300)
Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso: 58 kilos.
Descargo: 2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia: 2.000 metros.
PREMIO
3 (Venta)
5.100 euros (3.000 , 1.20 , 600 y 300)
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que no hayan ganado un
premio de 6.000
euros, desde el 1 de enero de 2004, ni se hayan colocado en un premio de
10.000 euros desde igual
fecha. Los caballos saldrán a vender en 6.000
euros. Peso: 56 kilos. Recargos: 1 kilo por cada 3.000
euros ganados en premios y colocaciones desde el 1 de enero de 2004.
Recargos acumulables: 1 kilo por cada 1.000
euros de exceso sobre el precio de venta. Distancia: 2.000
metros.
PREMIO
4 (Handicap)
5.610
euros (3.300, 1.320, 660 y 330)
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS, que no hayan ganado un premio de 7.500
euros desde el 1 de enero de 2004. Distancia: 1.600
metros.
PREMIO
EL DIARIO
VASCO (2ª C. )
8.500 euros (5.000, 2.000, 1.000 y 500)
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 55 kilos. Recargos con
un máximo de seis kilos: 1 kilo por cada 5.000 euros ganados desde el 1 de
enero de 2004. Distancia: 2.200 metros.
INSCRIPCIONES: MARTES, 29 de
Marzo, hasta las DOCE HORAS.
PESOS: JUEVES, 31 de Marzo, a las
DOCE HORAS.
FORFAITS: LUNES, 4 de
Abril, hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 5
de Abril, hasta las DIEZ
HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 6 de Abril, hasta
las NUEVE HORAS.
PREMIO 6
6.800 euros (4.000, 1.600, 800 y
400)
Para potros y potrancas de TRES AÑOS. Peso: 55 kilos. Recargos: 1 kilo por cada
4.000 euros ganados. Distancia: 1.600 metros.
PREMIO
7
5.100 euros (3.000, 1.200 , 600 y 300)
Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso:
58 kilos. Descargo: 2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia:
2.000 metros.
PREMIOS
8 y 9 (Handicap condicionado)
5.610 euros (3.300, 1.320, 660 y 330)
5.100 euros (3.000, 1.200, 600 y 300)
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que no hayan ganado 12.000
euros, desde el 1 de enero de 2004.
Distancia: 2.000 metros.
PREMIO
HOTEL MARÍA
CRISTINA (2ª
C. )
8.500 euros (5.000, 2.000, 1.000 y
500)
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS
EN ADELANTE. Peso: 55 kilos. Recargos con un máximo de seis kilos: 1 kilo por
cada 5.000 euros ganados desde el 1 de enero de 2004. Distancia: 1.400
metros.
INSCRIPCIONES: LUNES, 11 de
Abril, hasta las DOCE HORAS.
PESOS: JUEVES, 14
de Abril, a las DOCE HORAS.
FORFAITS: LUNES, 18
de Abril, hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 19 de Abril, hasta las 10 HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 20 de Abril, hasta las NUEVE HORAS.
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TERCER DIA, DOMINGO 8 DE MAYO |
PREMIO
11 (Debutantes)
6.800 euros (4.000, 1.600, 800 y 400)
Para potros y potrancas de DOS AÑOS, que no hayan corrido. Distancia: 1.200 metros.
PREMIO
CASINO KURSAAL
(2ª C. )
8.500 euros (5.000, 2.000, 1.000 y 500)
Para potros y potrancas de TRES AÑOS. Peso: 56 kilos. Recargos: 1 kilo a los ganadores
de un premio de 4.500 euros; 2 kilos a los ganadores de un premio de 6.000 euros
y 3 kilos a los ganadores de un premio de 9.000 euros. Distancia: 2.000
metros.
PREMIOS
13 y 14 (Handicap
condicionado)
5.610 euros (3.300, 1.320, 660 y 330)
5.100 euros (3.000, 1.200, 600 y 300)
Para caballos y yeguas de TRES AÑOS
EN ADELANTE, que no hayan ganado 15.000 euros,
desde el 1 de enero de 2004. Distancia:
1.600 metros.
PREMIO
15 (Yeguas)
6.800 euros (4.000, 1.600, 800 y 400)
Para yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 54 kilos. Recargos con un máximo
de seis kilos: 1 kilo por cada 4.500 euros ganados desde el 1 de enero de 2004.
Distancia: 2.000 metros.
INSCRIPCIONES:
LUNES, 25 de Abril, hasta las DOCE HORAS.
PESOS: JUEVES, 28
de Abril, a las DOCE HORAS.
FORFAITS: MARTES, 3
de Mayo, hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 3
de Mayo, hasta las TRECE HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 4 de
Mayo, hasta las NUEVE HORAS.
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CUARTO DIA, DOMINGO 22 DE MAYO |
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PREMIO
16 (Potros) PREMIO
17 (Potrancas) PREMIOS
18 y
19 (Handicap condicionado) PREMIO
DANA-ONA RESTAURANTE
JATETXEA (2ª
C.) INSCRIPCIONES : LUNES, 9
de Mayo, hasta las DOCE
HORAS. |
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PREMIO
21 PREMIO
22 (Amazonas y Gentlemen)
(Venta) PREMIOS
23 y 24
(Handicap condicionado) PREMIO
LA PERLA CENTRO TALASO-SPORT (2ª
C.) INSCRIPCIONES: LUNES, 23
de Mayo, hasta las DOCE HORAS. |
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TODAS LAS CARRERAS DE ESTE PROGRAMA SE REGIRÁN POR EL CÓDIGO DE CARRERAS VIGENTE DE LA SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRÍA CABALLAR DE ESPAÑA Y POR LAS SIGUIENTES: |
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CONDICIONES GENERALES |
1ª Las condiciones de cualquier prueba de este programa, una vez publicadas en el “Boletín Oficial”, no podrán modificarse salvo en lo referente a la denominación de las carreras o a la elevación de la cuantía de sus premios o, en caso de fuerza mayor, la suspensión de alguna carrera, la modificación de su recorrido, su supresión o su traslado a otra fecha de la temporada, salvo lo especialmente establecido en la Condición General 5ª de las del Programa, así como cualquiera de las modificaciones que, de forma justificada se produjeran con el visto bueno de los Comisarios de la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España.
2ª
El importe de la matrícula, de los forfaits, inscripciones
suplementarias y de las cuotas a abonar por los caballos inscritos y
participantes, queda establecido según su cuantía, de acuerdo con el siguiente
cuadro, si en las condiciones de la carrera no se indica lo contrario, más el
dieciséis por ciento de I.V.A.
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Cuantía del premio |
Inscritos no participante |
Forfait |
Participantes |
Inscripción Suplementaria |
|
3.000 |
60 |
18 |
30 |
180 |
|
3.300 |
66 |
19,8 |
33 |
198 |
|
3.600 |
72 |
21,6 |
36 |
216 |
|
4.000 |
80 |
24,0 |
40 |
240 |
|
4.500 |
90 |
27,0 |
45 |
270 |
|
5.000 |
100 |
30,0 |
50 |
300 |
|
6.000 |
120 |
36 |
60 |
360 |
Será por cuenta del beneficiario del premio cualquier
tributo o retención que recaiga sobre la cuantía del importe entregado.
En todas las carreras que contempla este programa,
salvo en los handicaps, los caballos que no hubiesen formalizado la inscripción
en la fecha y hora previstas o se hubiesen declarado forfait, y cumplan las
condiciones de calificación de las carreras, podrán participar en las mismas
previo pago de una cantidad igual al 5 por 100 del premio al primer clasificado,
más el importe de la matrícula.
El plazo para formalizar estas inscripciones
suplementarias quedará fijado en su fecha y hora cada día de carreras. Las
cantidades satisfechas por este concepto irán destinadas a Fomento de San
Sebastián, S.A.
3ª
Las inscripciones, forfaits, declaración de participantes y montas, habrán
de depositarse, para que puedan ser consideradas como válidamente entregadas en
las fechas, lugar y hora señaladas en el programa, en el buzón habilitado al
efecto o en el único FAX número 943 37 32 40 del Departamento Técnico de
Fomento de San Sebastián, S.A. Así mismo, pueden entregarse en las oficinas de
la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España y en el resto de
Sociedades Organizadoras autorizadas por la misma, quienes las harán llegar a
Fomento de San Sebastián, S.A. en el tiempo y hora anteriormente fijados.
La relación provisional de dichas declaraciones
prevista en el artículo 81 del Código de Carreras, será exhibida en el tablón
de anuncios habilitado al efecto, concediéndose un plazo no inferior a una hora
para formular las reclamaciones que contra dicha relación provisional se
consideren oportunas.
Apreciada causa de fuerza mayor por los Comisarios de
Carreras, o en su defecto, por la Sociedad Organizadora, en el supuesto de que
en las inscripciones, forfaits o declaración de participantes se detecte un
manifiesto error humano o mecánico imputable solamente a los servicios
administrativos de dicha Sociedad, los Comisarios de Carreras podrán, a su
criterio, corregir los errores detectados.
4ª Ningún
caballo tomará parte en dos carreras sin que medie entre éstas el plazo mínimo
de tres días naturales completos.
Para que un caballo esté calificado en un handicap,
deberá cumplir, antes de la fecha de inscripción, cualquiera de las siguientes
condiciones:
Que en España haya: -
Ganado una carrera.
-
Estado clasificado dos veces entre los cuatro primeros.
-
Corrido tres veces completando el recorrido.
Cuando un caballo haya de correr con un peso que
exceda del que le corresponde por las condiciones de la carrera, se hará
constar dicho peso para que figure en el “Programa Oficial”. Dicho exceso no
podrá ser superior a tres kilogramos en los handicaps y a seis kilogramos en
las demás carreras.
A la publicación de los pesos, los handicappers
asignarán un peso mínimo no inferior a 50
kilos.
5ª Si
a la vista de las inscripciones, forfaits o participantes se prevea que el número
de caballos participantes pudiera ser
igual o inferior a
CINCO, la carrera en cuestión
podrá ser suprimida, adoptando la Sociedad organizadora una de las siguientes
medidas:
a)
Desdoblar una carrera de la misma jornada.
b)
Abrir un nuevo plazo de inscripciones para una nueva carrera que se
disputará en la misma jornada, cuyas condiciones se publicarán en el mismo
momento en que la primera sea suprimida, con el visto bueno, en su caso, de los
Comisarios de la SFCCE.
c)
Decidir que en esa jornada no se celebre la carrera.
Si el día de la carrera quedase, por retirada de algún
caballo un número inferior a seis participantes, la carrera se celebrará con
los participantes que finalmente queden.
6ª
En el caso de haber sido declarados participantes en una carrera un número
de caballos que exceda de los que admite la anchura de la pista o el número de
cajones de salida que se utilicen, los Comisarios podrán a su prudente
arbitrio, adoptar alguna de las medidas previstas en el artículo 82 del Código
de Carreras.
En todas las carreras que contempla este programa, el
número máximo de participantes queda fijado en DIECIOCHO.
7ª a) En las carreras denominadas de ( 2ª C
), si fuera declarado un número de participantes superior al máximo permitido,
se procederá a eliminar el número que exceda de esa cifra, atendiendo al orden
creciente de sumas ganadas en premios y colocaciones desde el 1 de enero de
2004.
En caso de igualdad, se tendrá en cuenta el menor número
de actuaciones empleadas para su obtención, y si aún persistiese la igualdad,
se realizará sorteo puro entre los caballos igualados.
b) En
los handicaps se procederá a eliminar de la siguiente manera:
1)
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso inferior a
50 kilos y en orden inverso según la
escala de pesos.
2)
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso superior a
64 kilos y en orden directo según la escala de pesos.
En los handicaps reservados a Amazonas y Gentlemen se
procederá a eliminar de la siguiente manera:
-
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso inferior a
57 kilos y en orden inverso según la escala de pesos.
Si a pesar de todo, el número de caballos declarados
participantes, superase el máximo exigido, se procederá a la eliminación por
sorteo puro de todos los participantes.
c) En
las carreras de condiciones a peso fijo, se procederá a eliminar por sorteo
simple de los caballos declarados participantes, siempre que dicha prueba no sea
una de las denominadas como de ( 2ª C ).
El preparador o preparadores distintos que declaren
participantes a más de un caballo de un mismo propietario, no podrán elegir el
caballo a eliminar.
No entrará en ningún sorteo eliminatorio un caballo
que haya sido excluido por la misma razón de una carrera anterior, dentro de
esta Temporada.
8ª Las
primas a propietarios y criadores serán
abonadas por la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España en la
cuantía y forma que la misma determine.
9ª
Los premios conforme lo establecido en el artículo 3, apartado XLIV del
Código de Carreras, se darán precisa y únicamente en moneda del país.
10ª
En las carreras de DOS AÑOS, queda prohibido, con carácter general, el
uso de espuelas. Dentro de ellas, las reservadas a potros y potrancas que no
hayan corrido, queda prohibido el uso del látigo, así como pegar al caballo
con la mano.
11ª
Todo objeto ajeno a los normales de uso y costumbre, y que no esté
prohibido (gorro, viseras, tapaojos,
etc.), deberá declararse en el momento de la declaración de participantes para
que sea autorizado o no su uso, y para que si fuera el caso, se haga público.
Ninguna persona vinculada ó no a cualquier caballo
que fuera a tomar parte en una carrera podrá personarse en los cajones de
salida sin la autorización expresa de los Comisarios de Carreras.
Asímismo se prohibe el uso de instrumentos no
autorizados, que los Comisarios de Carreras pudieran considerar, alteren el
rendimiento de los caballos en las operaciones de salida.
12ª Los
aprendices, jockeys y jinetes no profesionales
(amazonas y gentlemen), tendrán los descargos que se indican en el Anexo
IV del vigente Código de Carreras de la Sociedad de Fomento de la Cría
Caballar de España.
De tal manera, y en aplicación del Anexo
IV del Código de Carreras,
no existirán descargos por razones de monta:
-
En las carreras reservadas a los dos años.
-
En las carreras de ( 2ª C )
13ª Se
entiende que las distancias sobre las que se disputan las pruebas de este
programa son aproximadas.
Todas las carreras que contempla este programa, se
disputarán en la pista de hierba.
14ª
De los acuerdos de la Junta Directiva se extrae lo siguiente: los Sres.
Comisarios vigilarán y sancionarán, en su caso, el uso impropio del látigo
por los jinetes; además solamente se permitirán aquellos que reúnan las
siguientes características; máxima longitud incluída la rabera 76 cms.,
mínima anchura
8 cms., máxima
longitud de la rabera 10 cms., con
un ancho máximo de 4 cms., y
mínimo de 2 cms., no deberá
llevar refuerzos ni elementos adicionales y su peso no deberá ser superior a
170 gramos.
Ningún jinete podrá montar sin ir provisto del
casco de protección ni chaleco homologado según la normativa de la Comunidad
Europea de marzo de 2000, EN 13158, que será especialmente controlada por los
Comisarios de Carreras. Si se comprobase que un jinete ha montado incumpliendo
esta condición, el caballo por él montado, será distanciado y la falta
cometida por el jinete, será considerada muy grave.
15ª Todas
las personas que presenten reclamación ante los Comisarios de Carreras, deberán
realizar un depósito previo de 90 euros y permanecerán en el recinto de peso a
disposición de dichos Comisarios de
Carreras durante un plazo de 10 minutos en virtud de lo establecido en el
artículo 108 del vigente Código de Carreras.
16ª Los
Comisarios de Carreras, en caso de fuerza mayor, podrán decidir hasta el mismo
día de la celebración de las carreras, el traslado a la Pista de Arena de las
carreras programadas en la Pista de Hierba, adecuando las distancias para cada
una de ellas. No estarán obligados a correr aquéllos caballos que queden
afectados por esta medida.
17ª
En las carreras que se celebren en la Pista de Arena, la salida “CON
CAJONES”, se dará hasta un máximo de DOCE CABALLOS. Si superase este número,
la salida se dará “CON CINTAS”. Si por retirada de algún caballo, el número
de participantes quedase inferior a TRECE, la salida se dará “CON CAJONES”.
18ª Con
el fin de establecer un estricto control de la estabulación y un seguimiento de
las vacunas de los caballos estabulados, de acuerdo al Anexo XI del vigente
Código de Carreras, será OBLIGATORIO depositar las cartillas de
identificación de todos los caballos en el instante en que éstos permanezcan
estabulados en el Hipódromo, tanto en boxes de la Sociedad, como en boxes
particulares.
19ª La
participación de caballos en las carreras programadas en esta Temporada queda
condicionada al requisito que a continuación se relaciona:
Fomento
de San Sebastián, S.A. podrá prohibir la participación de los caballos cuyos
propietarios tengan saldo deudor con la misma, con el Patronato Municipal de
Deportes de San Sebastián, con la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de
España, con la Asociación de Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad
E-Quiniela, S.A., con la Sociedad
de Carreras de Sanlúcar de Barrameda o con la Sociedad Carrera Entertaiment
Corporation S.A.
20ª El
propietario que desee participar en una carrera de las denominadas en el Código
de Carreras como Carrera Principal (
C.P. ), deberá tener saldo suficiente, en su cuenta abierta en esta Sociedad,
para cubrir el importe de la matrícula del caballo o caballos inscritos, antes
de la declaración de participantes.
Igualmente, en el momento de formalizar la inscripción
suplementaria de algún caballo, se deberá abonar a Fomento de San Sebastián,
S.A., el importe íntegro a que ascienda la misma en cada caso.
21ª En
ningún caso podrán participar los caballos de los propietarios, que requeridos
por Fomento de San Sebastián, S.A. para regularizar el saldo deudor de sus
cuentas con esta Sociedad, con el Patronato Municipal de Deportes de San Sebastián,
con la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, con la Asociación
de Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad
E-Quiniela, S.A., con la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar de
Barrameda o con la Sociedad Carrera Entertaiment Corporation S.A., no lo hicieren efectivo, declarándose nulas dichas
inscripciones.
22ª Fomento
de San Sebastián se compromete a abonar el día
30 de junio los saldos de
los propietarios que resulten acreedores, una vez descontado, en cada caso, los
saldos deudores con el Patronato Municipal de Deportes de San Sebastián, con la
Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, con la Asociación de
Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad E-Quiniela, S.A.,
con la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar de Barrameda o con
la Sociedad Carrera Entertaiment Corporation S.A.
El abono de los premios estará, en todo caso,
supeditado al resultado de los controles de muestras biológicas que se realizarán
a los caballos, en la forma establecida por el Código de Carreras.
23ª
Esta Sociedad Organizadora destinará las multas impuestas a
profesionales por los Comisarios de Carreras al Fondo de Ayuda de cada colectivo
de profesionales. La constitución y finalidades de las cantidades resultantes
deberán estar estrictamente
reglamentadas para garantizar suficientemente el logro de los objetivos para el
que se ha creado.
24ª
Las personas que quieran formular una apelación a los Sres. Comisarios
de la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, deberán realizarla
según lo estipulado por el Código de Carreras, anexo XI ( Reglamento
sancionador ) que en su artículo 24, II dice:
La apelación deberá dirigirse por escrito a los Comisarios de la
S.F.C.C.E. en un plazo máximo de cuatro días a contar desde la fecha del
acuerdo que la motiva y exigirá un depósito previo de 300
euros. Este depósito será devuelto en todo caso cuando la apelación
fuera estimada y podrá ser devuelto o no, según la libre apreciación de los
Comisarios de la S.F.C.C.E., si fuera desestimada.
25ª Los
propietarios de los caballos participantes, quienes fueros sus criadores, los
colores de las cuadras, el nombre de las cuadras participantes, el nombre de los
caballos participantes, los caballos participantes, los Entrenadores, los
Jockeys, los Jinetes no profesionales, los Aprendices, los Mozos, los
Auxiliares, los Veterinarios, los Comisarios de Carreras, los Jueces de Llegada,
de Peso, de Salida, los Handicappers, españoles o extranjeros, así como
cualquier persona física ó jurídica que directa o indirectamente participe en
la organización y/o desarrollo de cualquier carrera o carreras que integren el
presente programa, renuncian expresamente a su derecho de imagen en cualquier
medio como televisión, periódicos, revistas, videos, etc.
Aceptan por el hecho de participar en las carreras de
dicho programa, que cualquier derecho de su imagen en lo que concierne al
presente programa, es un derecho único y exclusivo de Fomento de San Sebastián,
S.A. como sociedad organizadora.
Igualmente aceptan que su nombre o imagen que figure
en cualquier documentación escrita que sirva de soporte para los apostantes o
como medio, que Fomento de San Sebastián S.A. entienda que es necesario
publicar para el buen desarrollo de las carreras, es un derecho único y
exclusivo de la sociedad organizadora.
ANEXO
I
CONDICIONES
ESPECIALES
1.- El peso mínimo para todas las carreras de esta Temporada será de 50 kilos.
ANEXO
II
CARRERA
DE VENTA
Estarán reguladas por los artículos
99 y 100 del vigente Código
de Carreras y por las siguientes condiciones:
-
Todos los caballos que salgan a vender, podrán verse desde cinco minutos
antes de la hora fijada en el programa oficial para celebrarse la carrera
anterior, sin vendas ni nada que pueda ocultar un defecto o problema, en los
boxes de ensillado.
-
Los caballos a vender, podrán ser reclamados hasta el momento en que los
Comisarios de Carreras comuniquen el orden definitivo, adjudicándose a aquella
persona que puje la cantidad más elevada.
CÓMO
SE RECLAMA
-
Se rellenará un impreso de compra habilitado al efecto con los datos
personales, firma, nombre del caballo y precio a reclamar, pudiendo ser
incrementado con una cantidad mayor al precio de salida, pues caso de haber uno
ó más interesados, se adjudicará la cantidad mayor.
-
El citado impreso se depositará en el buzón colocado al efecto en el
recinto de los Comisarios de Carreras hasta el instante en que se comunique el
orden definitivo de llegada.
-
Los Comisarios de Carreras leerán los impresos de compra, adjudicando el
caballo ó caballos reclamados, a aquel que indique la cantidad mayor. En caso
de igualdad en la puja, decidirán por sorteo simple ( artículo 99, apartados II y III ).
LA VENTA DEL
CABALLOS GANADOR Y RECLAMACIÓN DE LOS DEMÁS PARTICIPANTES SERÁ VÁLIDA SI:
-
Está realizada por una persona que pueda hacerlo, para lo cuál, se
comprobará la identidad del reclamante.
-
El caballo ha terminado el recorrido y se ha presentado en el recinto de
desensillado antes de que los Comisarios de Carreras confirmen el orden de
llegada, en perfecto estado de salud a criterio del Veterinario Oficial.
Los Comisarios de Carreras reflejarán en el Acta del
día de carreras el comprador de los caballos que hayan sido reclamados.
Una vez cumplido lo anterior, el caballo será
entregado al comprador, estando obligado el vendedor a entregarle la cartilla de
identificación del caballo vendido ( artículo 99, apartado IV ).
CÓMO SE EFECTÚA
EL PAGO
Estará reflejado en el impreso y podrá ser:
-
Mediante cheque nominativo.
-
Pago en efectivo.
-
Mediante cargo en su cuenta de Fomento de San Sebastián, S.A., en caso
de tener el suficiente saldo acreedor.
El propietario del caballo reclamado recibirá el
precio en que ha salido su caballo a la venta, quedando su excedente, si lo
hubiere, destinado a la sociedad organizadora (artículo 99, apartado V).
El acto de compra en este tipo de carreras no da derecho a presentar ninguna reclamación, por lesiones o vicios redhibitorios que puedan tener los caballos objetos de la misma ( artículo 99, apartado VI del vigente Código de Carreras ).
ANEXO III
MODIFICACIONES ESTABLECIDAS EN EL CODIGO DE
CARRERAS
1ª
ART. 32, III
Todo jinete que no haya ganado diez carreras no podrá montar:
- A un caballo debutante
- En una carrera principal
Todo jinete que no haya ganado cinco carreras o no
haya montado al menos en cuarenta ocasiones en carreras públicas, no podrá
montar:
- A un potro de dos años
2ª ART.
83, II B)
Un aprendiz o un jinete no profesional que no haya
cumplido 16 años, será sustituido por otro que tenga cualquiera de ambas
condiciones.
En casos suficientemente acreditados, los Comisarios
de Carreras pueden admitir la sustitución de un aprendiz o un jinete no
profesional que hubieren ganado 10 carreras por un jockey que no haya ganado 25
carreras, cumpliendo en todo caso el contenido del apartado D) del presente Artículo.
ANEXO
XII
DE LOS ENTRENADORES: DE SU PRESENCIA Y REPRESENTACIÓN
EN LAS JORNADAS DE CARRERAS
ARTÍCULO 1º
Antes de las carreras de cada jornada, los
Comisarios de Carreras exigirán la firma de todos y cada uno de los
entrenadores ( o sus representantes autorizados por la S.F.C.C.E. ) que corran
caballos de su preparación en esa jornada.
Si algún entrenador o su representante autorizado por la SFCCE, no
pudiese asistir a un hipódromo por participar otros caballos de su preparación
en otros hipódromos o por causa de fuerza mayor apreciada por los Sres.
Comisarios de la SFCCE, podrá excepcionalmente nombrar para esa jornada e hipódromo
a otro entrenador, jinete o mozo de cuadra, solicitándolo a la SFCCE con una
antelación mínima de 72 horas respecto a la fecha de celebración de dicha
jornada, para que la persona nombrada sea autorizada ó no, por los Sres.
Comisarios de SFCCE.
Se firmará en el Acta de Presencia que se adjunta como anexo.
ARTÍCULO 2º
La participación de uno ó varios caballos en una jornada de carreras en
ausencia de su entrenador ( o su representante autorizado por la SFCCE ), será
considerada como falta grave, siendo sancionado el entrenador de acuerdo con lo
establecido en el Código de Carreras y sus Anexos.
ARTÍCULO 3º
Los Comisarios de Carreras enviarán el Acta de Presencia de cada
jornada, junto al acta de carreras, a la S.F.C.C.E., para el control de los
Comisarios de Sociedad.
El mero hecho de participar en la presente temporada de primavera
organizada por Fomento de San Sebastián, S.A., supone el conocimiento y total
aceptación, por parte de propietarios y profesionales, de todas las condiciones
establecidas en el presente programa.
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