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SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRIA CABALLAR DE ESPAÑA |
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HIPÓDROMO
DE LASARTE TEMPORADA DE PRIMAVERA 2004 PROVISIONAL |
| PRIMER DIA, DOMINGO 4 DE ABRIL | SEGUNDO DIA, DOMINGO 18 DE ABRIL |
| TERCER DIA, DOMINGO 25 DE ABRIL | CUARTO DIA, DOMINGO 9 DE MAYO |
| QUINTO DIA, DOMINGO 30 DE MAYO | CONDICIONES GENERALES |
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PREMIO 1
5.100
euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para
potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso: 58 kilos. Descargo:
2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia: 1.500 metros
PREMIO
2
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso: 58 kilos.
Descargo: 2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia: 2.000 metros.
PREMIOS
3 y 4 ( Handicap
condicionado )
5.610 euros ( 3.300 , 1.320 , 660 y 330 )
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de
2003 no hayan ganado un premio de 9.000
euros. Distancia: 1.600 metros.
PREMIO
5 ( 2ª C )
7.650 euros ( 4.500 , 1.800 , 900 y 450 )
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 55 kilos. Recargos con
un máximo de seis kilos: 1 kilo por cada 5.000 euros ganados desde el 1 de
enero de 2003. Distancia: 2.200 metros.
INSCRIPCIONES: LUNES, 22 de Marzo, hasta las DOCE HORAS.
PESOS: JUEVES, 25 de Marzo, a las
DOCE HORAS.
FORFAITS: LUNES, 29 de Marzo, hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 30 de Marzo, hasta las TRECE HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 31 de Marzo, hasta las NUEVE HORAS.
PREMIO 6
( 2ª C )
6.800 euros ( 4.000 , 1.600 , 800
y 400 )
Para potros y potrancas de TRES AÑOS. Peso: 55 kilos. Recargos: 1 kilo por cada
4.000 euros ganados. Distancia: 1.600 metros.
PREMIO
7
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para potros y potrancas de TRES AÑOS, que no hayan ganado. Peso:
58 kilos. Descargo: 2 kilos a los que no hayan corrido. Distancia:
2.000 metros.
PREMIOS
8 y 9 ( Handicap condicionado )
5.610 euros ( 3.300 , 1.320 , 660 y 330 )
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de
2003, no hayan ganado 12.000 euros. Distancia: 2.000
metros.
PREMIO
10 ( 2ª C )
7.650 euros ( 4.500 , 1.800 , 900 y 450 )
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS
EN ADELANTE. Peso: 55 kilos. Recargos con un máximo de seis kilos: 1 kilo por
cada 5.000 euros ganados desde el 1 de enero de 2003. Distancia: 1.400
metros.
INSCRIPCIONES: LUNES, 5 de Abril, hasta las DOCE HORAS.
PESOS: MIERCOLES, 7 de Abril, a las
DOCE HORAS.
FORFAITS: MARTES, 13 de Abril,
hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 13 de Abril, hasta las 13 HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 14 de Abril, hasta las NUEVE HORAS.
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TERCER DIA, DOMINGO 25 DE ABRIL |
PREMIO
11 ( Amazonas y Gentlemen )
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 ,
600 y 300 )
Para caballos y yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de
2003, no hayan ganado un premio de 5.000 euros, ni se hayan colocado en un
premio de 15.000 euros desde igual fecha. Peso: 62 kilos. Recargos: 1 kilo por
cada 2.500 euros ganados en premios y colocaciones desde el 1 de enero de 2003.
Distancia: 2.000 metros.
PREMIO
12 ( 2ª
C )
6.800 euros ( 4.000 , 1.600 ,
800 y 400 )
Para potros y potrancas de TRES AÑOS. Peso: 55 kilos. Recargos: 1 kilo a los ganadores
de un premio de 4.500 euros; 2 kilos a los ganadores de un premio de 6.000 euros
y 3 kilos a los ganadores de un premio de 9.000 euros. Distancia: 2.000
metros.
PREMIOS
13 y 14 ( Handicap
condicionado )
5.610 euros ( 3.300 , 1.320 , 660 y 330 )
5.100 euros ( 3.000 , 1.200 , 600 y 300 )
Para caballos y yeguas de TRES AÑOS
EN ADELANTE, que desde el 1 de enero de 2003 no hayan ganado 15.000 euros.
Distancia: 1.600 metros.
PREMIO
15 ( Yeguas )
( 2ª C )
6.800 euros ( 4.000 , 1.600 , 800 y 400
)
Para yeguas de CUATRO AÑOS EN ADELANTE. Peso: 54 kilos. Recargos con un máximo
de seis kilos: 1 kilo por cada 4.500 euros ganados desde el 1 de enero de 2003.
Distancia: 2.000 metros.
INSCRIPCIONES: JUEVES, 15 de Abril, hasta las DOCE
HORAS.
PESOS: LUNES, 19 de Abril, a las DOCE HORAS.
FORFAITS: MARTES, 20 de Abril, hasta las DIEZ HORAS.
INSCRIPCIONES SUPLEMENTARIAS: MARTES, 20 de Abril, hasta las 13 HORAS.
PARTICIPANTES: MIERCOLES, 21 de Abril, hasta las NUEVE HORAS.
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CUARTO DIA, DOMINGO 9 DE MAYO |
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PREMIO
16 ( 2ª
C ) ( Debutantes ) PREMIO
17 PREMIOS
18 y
19 ( Handicap condicionado ) PREMIO
20 ( 2ª
C ) INSCRIPCIONES : LUNES, 26 de Abril, hasta las DOCE
HORAS. |
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PREMIO
21 (
2ª C ) PREMIOS
22 , 23 y 24
( Handicap condicionado ) PREMIO
25 ( 2ª
C ) INSCRIPCIONES: LUNES, 17 de Mayo, hasta las DOCE
HORAS. |
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TODAS LAS CARRERAS DE ESTE PROGRAMA SE REGIRÁN POR EL CÓDIGO DE CARRERAS VIGENTE DE LA SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRÍA CABALLAR DE ESPAÑA Y POR LAS SIGUIENTES: |
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CONDICIONES GENERALES |
1ª Las
condiciones de cualquier prueba de este programa, una vez publicadas en el
“Boletín Oficial”, no podrán modificarse salvo en lo referente a la
denominación de las carreras o a la elevación de la cuantía de sus premios o,
en caso de fuerza
mayor, la suspensión de alguna carrera, la modificación de su recorrido,
su supresión o su traslado a otra fecha de la temporada, salvo lo especialmente
establecido en la Condición General 5ª de las del Programa, así como
cualquiera de las modificaciones que, de forma justificada se produjeran con el
visto bueno de los Comisarios de la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de
España.
2ª El
importe de la matrícula, de los forfaits, inscripciones suplementarias y de las
cuotas a abonar por los caballos inscritos y participantes, queda establecido
según su cuantía, de acuerdo con el siguiente cuadro, si en las condiciones de
la carrera no se indica lo contrario, más el dieciséis por ciento de I.V.A.
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Cuantía del premio |
Inscritos no participante |
Forfait |
Participantes |
Inscripción Suplementaria |
|
3.000 |
60 |
18 |
30 |
180 |
|
3.300 |
66 |
19,8 |
33 |
198 |
|
3.600 |
72 |
21,6 |
36 |
216 |
|
4.000 |
80 |
24,0 |
40 |
240 |
|
4.500 |
90 |
27,0 |
45 |
270 |
|
5.000 |
100 |
30,0 |
59 |
300 |
|
6.000 |
120 |
36 |
60 |
360 |
Será por cuenta del beneficiario del premio cualquier
tributo o retención que recaiga sobre la cuantía del importe entregado.
En todas las carreras que contempla este programa,
salvo en los handicaps, los caballos que no hubiesen formalizado la inscripción
en la fecha y hora previstas o se hubiesen declarado forfait, y cumplan las
condiciones de calificación de las carreras, podrán participar en las mismas
previo pago de una cantidad igual al 5 por 100 del premio al primer clasificado,
más el importe de la matrícula.
El plazo para formalizar estas inscripciones
suplementarias queda fijado en su fecha y hora cada día de carreras. Las
cantidades satisfechas por este concepto irán destinadas a Fomento de San
Sebastián, S.A.
3ª Las
inscripciones, forfaits, declaración de participantes y montas, habrán de
depositarse, para que puedan ser consideradas como válidamente entregadas en
las fechas, lugar y hora señaladas en el programa, en el buzón habilitado al
efecto o en el único FAX número 943 37 32 40 del Departamento Técnico de
Fomento de San Sebastián, S.A. Así mismo, pueden entregarse en las oficinas de
la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España y en el resto de
Sociedades Organizadoras autorizadas por la misma, quienes las harán llegar a
Fomento de San Sebastián, S.A. en el tiempo y hora anteriormente fijados.
La relación provisional de dichas declaraciones
prevista en el artículo 81 del Código de Carreras, será exhibida en el tablón
de anuncios habilitado al efecto, concediéndose un plazo no inferior a una hora
para formular las reclamaciones que contra dicha relación provisional se
consideren oportunas.
Apreciada causa de fuerza mayor por los Comisarios de
Carreras, o en su defecto, por la Sociedad Organizadora, en el supuesto de que
en las inscripciones, forfaits o declaración de participantes se detecte un
manifiesto error humano o mecánico imputable solamente a los servicios
administrativos de dicha Sociedad, los Comisarios de Carreras podrán, a su
criterio, corregir los errores detectados.
4ª Ningún
caballo tomará parte en dos carreras sin que medie entre éstas el plazo mínimo
de tres días naturales completos.
Para que un caballo esté calificado en un handicap,
deberá cumplir, antes de la fecha de inscripción, cualquiera de las siguientes
condiciones:
Que en España haya:
-
Ganado una carrera.
-
Estado clasificado dos veces entre los cuatro primeros.
-
Corrido tres veces completando el recorrido.
Cuando un caballo haya de correr con un peso que
exceda del que le corresponde por las condiciones de la carrera, se hará
constar dicho peso para que figure en el “Programa Oficial”. Dicho exceso no
podrá ser superior a tres kilogramos en los handicaps y a seis kilogramos en
las demás carreras.
A la publicación de los pesos, los handicappers
asignarán un peso mínimo no inferior a 50
kilos.
5ª Si
el número de caballos declarados participantes fuese igual o inferior
a CINCO,
la carrera en cuestión podrá ser suprimida, adoptando la Sociedad
organizadora una de las siguientes medidas:
a)
Desdoblar una carrera de la misma jornada.
b)
Abrir un nuevo plazo de inscripciones para una nueva carrera que se
disputará en la misma jornada, cuyas condiciones se publicarán en el mismo
momento en que la primera sea suprimida.
c)
Decidir que en esa jornada no se celebre la carrera.
Si el día de la carrera quedase, por retirada de algún
caballo un número inferior a seis participantes, la carrera se celebrará con
los participantes que finalmente queden.
6ª En
el caso de haber sido declarados participantes en una carrera un número de
caballos que exceda de los que admite la anchura de la pista o el número de
cajones de salida que se utilicen, los Comisarios podrán a su prudente
arbitrio, adoptar alguna de las medidas previstas en el artículo 82 del Código
de Carreras.
En todas las carreras que contempla este programa, el
número de participantes queda fijado en DIECIOCHO.
En las carreras denominadas de ( 2ª C ), si fuera
declarado un número de participantes superior al máximo permitido, se procederá
a eliminar el número que exceda de esa cifra, atendiendo al orden creciente de
sumas ganadas en premios y colocaciones desde el 1 de enero de 2003.
En caso de igualdad, se tendrá en cuenta el menor número
de actuaciones empleadas para su obtención, y si aún persistiese la igualdad,
se realizará sorteo puro entre los caballos igualados.
En los handicaps se procederá a eliminar de la
siguiente manera:
1)
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso inferior a
50 kilos y en orden inverso según la
escala de pesos.
2)
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso superior a
62 kilos y en orden directo según la escala de pesos.
En los handicaps reservados a Amazonas y Gentlemen se
procederá a eliminar de la siguiente manera:
-
Los caballos a los que los handicappers hayan asignado un peso inferior a
57 kilos y en orden inverso según la escala de pesos.
El preparador o preparadores distintos que declaren
participantes a más de un caballo de un mismo propietario, no podrán elegir el
caballo a eliminar.
Si a pesar de todo, el número de caballos declarados
participantes, superase el máximo exigido, se procederá a la eliminación por
sorteo puro de todos los participantes.
En las carreras de condiciones a peso fijo, se
procederá a eliminar por sorteo simple de los caballos declarados
participantes, siempre que dicha prueba no sea una de las denominadas como de (
2ª C ).
No entrará en ningún sorteo eliminatorio un caballo
que haya sido excluido por la misma razón de una carrera anterior, dentro de
esta Temporada.
7ª Las
primas a propietarios y criadores serán
abonadas por la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España en la
cuantía y forma que la misma determine.
8ª Los
premios conforme lo establecido en el artículo 3, apartado XLIV del Código de
Carreras, se darán precisa y únicamente en moneda del país.
9ª En
las carreras de DOS AÑOS, queda prohibido, con carácter general, el uso de
espuelas. Dentro de ellas, las reservadas a potros y potrancas que no hayan
corrido, queda prohibido el uso del látigo, así como pegar al caballo con la
mano.
10ª Todo
objeto ajeno a los normales de uso y costumbre, y que no esté prohibido
( gorro, viseras, tapaojos, etc. ), deberá declararse en el momento de
la declaración de participantes para que sea autorizado o no su uso, y para que
si fuera el caso, se haga público.
Ninguna persona vinculada ó no a cualquier caballo
que fuera a tomar parte en una carrera podrá personarse en los cajones de
salida sin la autorización expresa de los Comisarios de Carreras.
Así mismo se prohíbe el uso de instrumentos no
autorizados, que los Comisarios de Carreras pudieran considerar, alteren el
rendimiento de los caballos en las operaciones de salida.
11ª) Los
aprendices, jockeys y jinetes no profesionales
(amazonas y gentlemen), tendrán los descargos que se indican en el Anexo
IV del vigente Código de Carreras de la Sociedad de Fomento de la Cría
Caballar de España.
En las carreras de DOS AÑOS, no existirá descargo
alguno por razones de monta.
No existirá descargo alguno en las carreras
denominadas en este programa como de (2ªC) en virtud del Anexo IV del Código
de Carreras, párrafo final que dice: “Todos los descargos citados en el
presente Anexo IV podrán ser suprimidos en las carreras reservadas a dos años,
así como en determinadas carreras de carácter especial, si así se establece
en las Condiciones Generales del Programa.
12ª Se
entiende que las distancias sobre las que se disputan las pruebas de este
programa son aproximadas.
Todas las carreras que contempla este programa, se
disputarán en la pista de hierba.
13ª De
los acuerdos del Comité Directivo se extrae lo siguiente: los Sres. Comisarios
vigilarán y sancionarán, en su caso, el uso impropio del látigo por los
jinetes; además solamente se permitirán aquellos que reúnan las siguientes
características; máxima longitud incluida la rabera 76 cms.,
mínima anchura 8 cms.,
máxima longitud de la rabera 10
cms., con
un ancho máximo de 4 cms., y
mínimo de 2 cms., no deberá llevar refuerzos ni elementos adicionales y su
peso no deberá ser superior a 170 gramos.
Así mismo y según acuerdo del Comité Directivo es
obligatorio el uso del chaleco protector para todos los jinetes.
Ningún jinete podrá montar sin ir provisto del
casco protector ni chaleco reglamentado por las autoridades hípicas, pudiendo
ser distanciado aquel caballo cuyo jinete no cumpla esta condición, además de
la sanción que le pueda corresponder.
14ª Todas
las personas que presenten reclamación ante los Comisarios de Carreras, deberán
realizar un depósito previo de 90 euros y permanecerán en el recinto de peso a
disposición de dichos Comisarios de
Carreras durante un plazo de 10 minutos en virtud de lo establecido en el
artículo 108 del vigente Código de Carreras.
15ª Los
Comisarios de Carreras, en caso de fuerza mayor, podrán decidir hasta el mismo
día de la celebración de las carreras, el traslado a la Pista de Arena de las
carreras programadas en la Pista de Hierba, adecuando las distancias para cada
una de ellas. No estarán obligados a correr aquellos caballos que queden
afectados por esta medida.
16ª En
las carreras que se celebren en la Pista de Arena, la salida “CON CAJONES”,
se dará hasta un máximo de DOCE CABALLOS. Si superase este número, la salida
se dará “CON CINTAS”. Si por retirada de algún caballo, el número de
participantes quedase inferior a TRECE, la salida se dará “CON CAJONES”.
17ª Con
el fin de establecer un estricto control de la estabulación y un seguimiento de
las vacunas de los caballos estabulados, de acuerdo al Anexo XI del vigente
Código de Carreras, será OBLIGATORIO depositar las cartillas de
identificación de todos los caballos en el instante en que éstos permanezcan
estabulados en el Hipódromo, tanto en boxes de la Sociedad, como en boxes
particulares.
18ª La
participación de caballos en las carreras programadas en esta Temporada queda
condicionada al requisito que a continuación se relaciona:
Fomento
de San Sebastián, S.A. podrá prohibir la participación de los caballos cuyos
propietarios tengan saldo deudor con la misma, con el Patronato Municipal de
Deportes de San Sebastián, con la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de
España, con la Asociación de Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad
E-Quiniela, S.A., con la Sociedad
de Carreras de Sanlúcar de Barrameda o con la Sociedad Carrera Entertaiment
Corporation S.A.
19ª El
propietario que desee participar en una carrera de las denominadas en el Código
de Carreras como Carrera Principal (
C.P. ), deberá tener saldo suficiente, en su cuenta abierta en esta Sociedad,
para cubrir el importe de la matrícula del caballo o caballos inscritos, antes
de la declaración de participantes.
Igualmente, en el momento de formalizar la inscripción
suplementaria de algún caballo, se deberá abonar a Fomento de San Sebastián,
S.A., el importe íntegro a que ascienda la misma en cada caso.
20ª En
ningún caso podrán participar los caballos de los propietarios, que requeridos
por Fomento de San Sebastián, S.A. para regularizar el saldo deudor de sus
cuentas con esta Sociedad, con el Patronato Municipal de Deportes de San Sebastián,
con la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, con la Asociación
de Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad
E-Quiniela, S.A., con la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar de
Barrameda o con la Sociedad Carrera Entertaiment Corporation S.A., no lo hicieren efectivo, declarándose nulas dichas
inscripciones.
21ª Fomento
de San Sebastián se compromete a abonar el día
30 de junio los saldos de
los propietarios que resulten acreedores, una vez descontado, en cada caso, los
saldos deudores con el Patronato Municipal de Deportes de San Sebastián, con la
Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, con la Asociación de
Carreras de Caballos de Sevilla, con la Sociedad E-Quiniela, S.A.,
con la Sociedad de Carreras de Caballos de Sanlúcar de Barrameda o con
la Sociedad Carrera Entertaiment Corporation S.A.
El abono de los premios estará, en todo caso,
supeditado al resultado de los controles de muestras biológicas que se realizarán
a los caballos, en la forma establecida por el Código de Carreras.
22ª Esta
Sociedad Organizadora destinará en la presente temporada la cantidad de
QUINIENTOS CINCUENTA
EUROS ( 550
€ ) , al Fondo de Ayuda para
Entrenadores y Jockeys. La constitución y finalidad del citado Fondo deberán
estar estrictamente reglamentadas para garantizar suficientemente el logro de
los objetivos para el que se ha creado.
23ª Las
personas que quieran formular una apelación a los Sres. Comisarios de la
Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España, deberán realizarla según
lo estipulado por el Código de Carreras, anexo XI ( Reglamento sancionador )
que en su artículo 24, II dice:
La apelación deberá dirigirse por escrito a los Comisarios de la
S.F.C.C.E. en un plazo máximo de cuatro días a contar desde la fecha del
acuerdo que la motiva y exigirá un depósito previo de 300
euros. Este depósito será devuelto en todo caso cuando la apelación
fuera estimada y podrá ser devuelto o no, según la libre apreciación de los
Comisarios de la S.F.C.C.E., si fuera desestimada.
24ª Los
propietarios de los caballos participantes, quienes fueros sus criadores, los
colores de las cuadras, el nombre de las cuadras participantes, el nombre de los
caballos participantes, los caballos participantes, los Entrenadores, los
Jockeys, los Jinetes no profesionales, los Aprendices, los Mozos, los
Auxiliares, los Veterinarios, los Comisarios de Carreras, los Jueces de Llegada,
de Peso, de Salida, los Handicappers, españoles o extranjeros, así como
cualquier persona física ó jurídica que directa o indirectamente participe en
la organización y/o desarrollo de cualquier carrera o carreras que integren el
presente programa, renuncian expresamente a su derecho de imagen en cualquier
medio como televisión, periódicos, revistas, videos, etc.
Aceptan por el hecho de participar en las carreras de
dicho programa, que cualquier derecho de su imagen en lo que concierne al
presente programa, es un derecho único y exclusivo de Fomento de San Sebastián,
S.A. como sociedad organizadora.
Igualmente aceptan que su nombre o imagen que figure
en cualquier documentación escrita que sirva de soporte para los apostantes o
como medio, que Fomento de San Sebastián S.A. entienda que es necesario
publicar para el buen desarrollo de las carreras, es un derecho único y
exclusivo de la sociedad organizadora.
CONDICIONES
ESPECIALES
1.- El peso
mínimo para todas las carreras de esta Temporada será de 50
kilos.
2.- En
las carreras de este programa cuya dotación al primer clasificado sea igual o
superior a 4.000 euros, y que no sean handicaps, no existirá descargo alguno por razones de monta.
MODIFICACIONES
ESTABLECIDAS EN
EL CODIGO DE
CARRERAS
1ª
ART. 32, III
Todo jinete que no haya ganado diez carreras no podrá montar:
- A un caballo debutante
- En una carrera principal
Todo jinete que no haya ganado cinco carreras o no
haya montado al menos en cuarenta ocasiones en carreras públicas, no podrá
montar:
- A un potro de dos años
2ª
ART. 83, II B)
Un aprendiz o un jinete no profesional que no haya cumplido 16 años, será sustituido por otro que tenga cualquiera de ambas condiciones.
En casos suficientemente acreditados, los Comisarios de Carreras pueden admitir la sustitución de un aprendiz o un jinete no profesional que hubieren ganado 10 carreras por un jockey que no haya ganado 25 carreras, cumpliendo en todo caso el contenido del apartado D) del presente Artículo.
ANEXO
XII
DE LOS ENTRENADORES: DE SU PRESENCIA Y REPRESENTACIÓN
EN LAS JORNADAS DE CARRERAS
ARTÍCULO 1º
Antes de las carreras de cada jornada, los
Comisarios de Carreras exigirán la firma de todos y cada uno de los
entrenadores ( o sus representantes autorizados por la S.F.C.C.E. ) que corran
caballos de su preparación en esa jornada.
Si algún entrenador o su representante autorizado por la SFCCE, no
pudiese asistir a un hipódromo por participar otros caballos de su preparación
en otros hipódromos o por causa de fuerza mayor apreciada por los Sres.
Comisarios de la SFCCE, podrá excepcionalmente nombrar para esa jornada e hipódromo
a otro entrenador, jinete o mozo de cuadra, solicitándolo a la SFCCE con una
antelación mínima de 72 horas respecto a la fecha de celebración de dicha
jornada, para que la persona nombrada sea autorizada ó no, por los Sres.
Comisarios de Carreras de SFCCE.
Se firmará en el Acta de Presencia que se adjunta como anexo.
ARTÍCULO 2º
La participación de uno ó varios caballos en una jornada de carreras en
ausencia de su entrenador ( o su representante autorizado por la SFCCE ), será
considerada como falta grave, siendo sancionado el entrenador de acuerdo con lo
establecido en el Código de Carreras y sus Anexos.
ARTÍCULO 3º
Los Comisarios de Carreras enviarán el Acta de Presencia de cada
jornada, junto al acta de carreras, a la S.F.C.C.E., para el control de los
Comisarios de Sociedad.
El mero hecho de participar en la presente temporada de primavera
organizada por Fomento de San Sebastián, S.A., supone el conocimiento y total
aceptación, por parte de propietarios y profesionales, de todas las condiciones
establecidas en el presente programa.
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