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SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRIA CABALLAR DE ESPAÑA |
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HIPÓDROMO COSTA DEL SOL TEMPORADA DE INVIERNO 2006 |
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PREMIO
1
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PREMIO
6 (11)
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TERCER DIA, DOMINGO 29 DE ENERO |
PREMIO
11 (21) (CATEGORIA “C”)
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CUARTO DIA, DOMINGO 12 DE FEBRERO |
PREMIO
16 (31) (POTRANCAS)
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PREMIO
21 (41) (POTRANCAS) (CATEGORIA “C”)
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PREMIO
26 (51) (POTROS) (CATEGORIA “C”)
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TODAS LAS CARRERAS DE ESTE PROGRAMA SE REGIRÁN POR EL CÓDIGO DE CARRERAS VIGENTE DE LA SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRÍA CABALLAR DE ESPAÑA Y POR LAS SIGUIENTES: |
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CONDICIONES GENERALES |
CONDICIONES GENERALES
1ª
Las
condiciones de éste Programa, serán firmes a partir de su publicación en el
“Boletín Oficial” de
2ª
Las
inscripciones, forfaits, declaración de participantes y los compromisos de
montas con sus respectivas firmas, habrán de depositarse para que puedan
considerarse válidas en las fecha y horas señaladas en el programa, en el buzón
habilitado al efecto, o podrán ser enviadas a los números de fax: 952-593060
del Departamento de Carreras del Hipódromo
Costa del Sol o al número:
955-051941 del Hipódromo de Dos Hermanas.
La relación provisional de dichas declaraciones será exhibida en el tablón de anuncios, habilitado al efecto, concediéndose un plazo no inferior a una hora para formular las reclamaciones que contra dicha relación provisional se considere oportunas.
3ª
Se recuerda a los Sres. Entrenadores de la obligatoriedad
del Art. 79-VI y VII en donde dicen:
ART.-
79-VI:
Cuando
se trate de un caballo entrenado en el extranjero, deberá acompañarse
a la inscripción, la relación completa de sus actuaciones, excepto para
las carreras de peso por edad en las que la calificación se determine por la
edad o por el sexo. Si el caballo inscrito en estas condiciones vuelve a correr
con posterioridad a la fecha de la inscripción, una relación complementaria
deberá estar en poder de
ART.-
79-VII: Cuando un caballo entrenado en España sale a correr al extranjero,
deberá acompañarse a su primera inscripción posterior en nuestro país la
relación completa de sus actuaciones fuera de él, en la forma prescritas en el
apartado anterior.
·
Desdoblar otra carrera de la misma jornada
·
Abrir un plazo nuevo de inscripciones para otra
carrera u otras que se disputarán en la misma jornada o distinta, y cuya
condiciones se publicarán en el mismo momento en que la primera sea suprimida
con el Vº Bº de los Comisarios de Sociedad.
·
Decidir que en esa jornada no se celebre la carrera.
Si
en el día de la carrera quedase, por retirada de algún caballo un número
inferior a cinco participantes, la carrera se celebrará con los participantes
que finalmente queden.
5ª
El
importe de la matrícula, de los forfaits, inscripciones suplementarias
(reenganches) y de las cuotas a abonar por los caballos participantes queda
establecido, según su cuantía (EUROS), de acuerdo con el siguiente cuadro, si
en las condiciones de la carrera no se indica lo contrario, más el
dieciséis por ciento del I.V.A. Serán por cuenta del beneficiario del premio
cualquier tributo o retención que recaiga sobre la cuantía del importe
entregado.
En concepto de ayuda en el desplazamiento de los caballos en tránsito
se bonificará el transporte de cada caballo declarado participante y que se
haya trasladado a los Hipódromos de
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CUANTÍA
DEL PREMIO |
1º
FORFAIT |
2º
FORFAIT |
PARTICIPANTE |
MATRICULA
Y NO PARTICIPANTE |
INSCRIP. SUPLEMEN. |
|
5.000 € |
30 |
- |
50 |
100 |
550 |
|
5.500 € |
33 |
- |
55 |
110 |
555 |
|
6.000 € |
36 |
- |
60 |
120 |
660 |
|
7.000 € |
42 |
- |
70 |
140 |
770 |
|
7.200 € |
43’20 |
- |
72 |
144 |
792 |
|
12.000 € |
72 |
- |
120 |
240 |
1.320 |
|
14.000 € |
84 |
- |
140 |
280 |
1.540 |
|
15.000 € |
90 |
- |
150 |
300 |
1.650 |
|
24.000 € |
144 |
192 |
240 |
480 |
3.840 |
|
40.000
€ |
320 |
240 |
400 |
800 |
6.800 |
|
51.000 € |
408 |
306 |
510 |
1.020 |
8.160 |
Inscripción:
Es el acto de anotar a un caballo para una carrera, normalmente es sin cargo.
Forfait:
Cantidad que se abona por anular la inscripción de un caballo en una carrera.
En las carreras cuya inscripción se realiza con una antelación superior a los
demás, existe la posibilidad de anular la inscripción en un segundo forfait.
Participante:
Cantidad que se abona por el caballo que participa en una carrera.
No
participante:
Cantidad que se abona por el caballo inscrito en una carrera que no ha sido
declarado forfait ni participante.
Matrícula:
Cantidad que se debe satisfacerse por la inscripción de un caballo en una
carrera cuando la misma; resulte nula con cargo (art. 85 del Código de
Carreras), deje de ser válida con cargo (art. 86 del Código de Carreras), y
retirado.
Inscripción
suplementaria:
Es aquella que se hace con posterioridad al plazo establecido.
LAS
INSCRIPCIONES PARA LAS CARRERAS:
PREMIO
25 (45) VI GRAN PREMIO DIA DE ANDALUCIA-
PREMIO
26 (56) GRAN PREMIO 1000 GUINEAS (POTRANCAS)
(CATEGORÍA “A”)
SE
RECIBIRAN HASTA LAS 12’00 HORAS DEL JUEVES, 2 DE FEBRERO
6ª
En
todas las carreras que contempla éste programa, salvo en los handicaps, los
caballos que no hubiesen formalizado la inscripción en las fechas y horas
previstas o se hubiesen declarado forfait, y cumplan las condiciones de
calificación de las carreras, podrán participar en las misma premio pago de
una cantidad igual al 10% del premio al primer clasificado, más el importe de
la matrícula, a excepción de los Premios cuya dotación sea igual o superior a
24.000 € que será del 15% del primer clasificado, más el importe de la matrícula.
El plazo para formalizar esta inscripción suplementaria finalizará
a las horas marcadas en el Programa de
El propietario que desee participar en una carrera de este programa,
deberá tener saldo suficiente en su cuenta de gestión interna abierta en
Carrera Entertainement, S.A. o E-Quiniela, S.A., para cubrir el importe de la
matrícula del caballo o caballos inscritos antes de la declaración de
participantes.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será de aplicación igualmente a la formalización de la inscripción suplementaria de algún caballo.
Igualmente, en el momento de formalizar la inscripción suplementaria de
algún caballo
7ª
En las carreras de DOS AÑOS, corriendo entre si, no existirá descargo alguno por razón
de monta, estando prohibido, con carácter general, el uso de espuelas y en las
reservadas a potros y potrancas que no hayan corrido, queda prohibido el uso del
látigo, así como pegar al caballo con la mano.
8ª
Si
el número de caballos declarados participantes fuese superior al máximo
establecido de (VEINTE), se procederá
según lo dispuesto en el Art. 95 del Código de Carreras.
9ª
Para que un caballo este calificado en un
handicap deberá cumplir, antes de la fecha de la inscripción, las siguientes
condiciones:
Que en España haya:
-
Estado clasificado dos veces entre los cuatro
primeros.
-
Haya corrido tres veces completando el
recorrido.
10ª
Cuando un caballo haya de correr con un
peso que exceda del que le corresponden por
las condiciones de la carrera, se hará constar este peso para que figure en el
“Programa Oficial”. Dicho exceso no podrá ser superior a 3 kilos en los
Handicaps y a 6 kilos en las demás carreras
11 Solamente
se permitirán aquellas fustas que reúnan las siguientes características, máxima
longitud incluida la rabera
12ª
Todos
los caballos debutantes en una carrera deberán estar debidamente acreditados
por parte del Juez de Pista, Juez de Salida o Comisarios de Carreras del Hipódromo
donde se encuentren estabulados, mediante escrito, su adiestramiento y aptitud
para entrar y salir de los cajones de salida, estando obligados los entrenadores
o sus representantes legales a solicitar esta certificación.
13ª
Ningún
jinete podrá montar sin ir provisto de casco de protección ni chaleco
homologado según la normativa de
14ª
Todo
objeto ajeno a los normales de uso y costumbre, y que no esté prohibido,
(gorro, viseras, tapaojos, carrillada, etc.), deberá declararse en el momento
de la declaración de participantes para que sea autorizado o no su uso, y para
que si fuera el caso, se haga público.
15ª
Los
jinetes de los caballos que hayan sido autorizados por los Comisarios de
Carreras para realizar el ensillado en sus
cuadras a petición de sus responsables ,
deberán presentarse obligatoriamente al pesaje posterior a la carrera,
independientemente del puesto que ocupe en la meta. Si no se presentase al peso
después de la misma, dicho caballo será distanciado y su entrenador o jinete,
será el responsable de dicha falta.
(Esta autorización no conllevara retraso alguno en la presencia del
caballo en el paddock).
Ninguna persona podrá personarse en los cajones de salida sin la
autorización expresa de los Comisarios de Carreras.
16ª
En
el paddock los caballos deberán ser presentados por un mozo correctamente
vestido, el número de mantilla deberá estar visible, siendo responsable el
entrenador del cumplimiento de esta normativa, asimismo en algunas carreras el
Departamento Hípico podrá proveer de un número de uso obligatorio para
colocar en la cabezada.
El
entrenador o su representante, estará obligado a solicitar al Departamento Hípico
de una tarjeta acreditativa para el mozo que vaya a realizar las operaciones
inherentes a la participación de un caballo en una carrera, siempre que el mozo
en cuestión, no tenga la acreditación
válida emitida por el Departamento Hípico.
17ª
Para
poder pasear los caballos montados durante la
presentación en el paddock, será obligatorio el haberlo solicitado con
antelación a los Sres. Comisarios de Carreras.
18ª
Se
entiende que las distancias sobre las que se disputan las pruebas de este
programa son aproximadas.
19ª
20ª
Los
entrenadores y sus representantes legales (reconocidos por
El
entrenador será responsable de todo su personal y deberá comunicar
obligatoriamente de las altas y bajas que se produzcan del personal contratado
por él y relacionado en el impreso que al efecto entregará el Departamento Hípico
de los Hipódromos.
Se ruega a todas aquellas personas que están sometidas al Código de
Carreras que su comportamiento en todas las zonas del Hipódromo debe ser
ejemplar, debiendo dirigirse a los Sres. Comisarios de Carreras para cualquier
reclamación que deseen realizar.
21ª
Se recuerda a los Sres. Jinetes el Art. 117-VI
del Código de Carreras, que dice: El mal uso del látigo u otro método por
parte de los jinetes que provoque un excesivo castigo al caballo, incluyendo el
dar a un caballo en una carrera más de ocho fustazos durante el recorrido, será
castigado por los Comisarios de Carreras en proporción a su gravedad.
22ª
Carrera
Entertainment Corporation, S.A. y E-Quiniela, S.A. abonará los premios a
propietarios que resulten acreedores, una vez regularizados los saldos deudores
que pudieran existir de estos propietarios en
las dos Sociedades (Carrera Entertaimentent S.A. y E-Quiniela, S.A.).
Una vez aplicado lo anterior, se descontará, en cada caso, saldos
deudores con
El abono de los premios estará, en todo caso, supeditado al resultado de los controles de análisis de muestras biológicas que realizarán a los caballos, en la forma establecida por el Código de Carreras.
El pago se realizará en las fechas siguientes:
ENERO:
el
15 de Marzo, una vez recibido el resultado del control de análisis de muestras
biológicas del domingo 29 de Enero.
FEBRERO:
el
15 de Abril, una vez recibido el resultado del control de análisis de muestras
biológicas del domingo 26 de Febrero.
MARZO:
el
15 de Mayo, una vez recibido el
resultado del control de análisis de muestras biológicas del domingo 26 de
Marzo.
Nota
importante:
Los Sres. Propietarios deberán cumplimentar un impreso habilitado al respecto
en que deberá constar sus datos personales y domiciliación bancaria, en
aquellos que la cuadra constituya una actividad económica deberán
aportar los datos de la misma, estando obligados a presentar factura a Carrera
Entertainment Corporation, S.A, y a E-Quiniela, S.A. (según donde haya obtenido
el premio) por el importe del premio obtenido más su IVA correspondiente, para
que se abone el premio obtenido en su cuenta.
Para aquellos cuya condición
no constituya actividad económica, deberá presentar factura a Carrera
Entertainment Corporation S.A, o E-Quiniela, S.A. (según donde haya obtenido el
premio) aplicando la retención correspondiente al premio que obtenga.
En
el caso de los entrenadores y jinetes deberán cumplimentar el impreso que le
facilite el Departamento Hípico en el que constara sus datos personales y
domiciliación bancaria.
23ª Las primas a propietarios y criadores serán abonadas
por
24ª Con el fin de establecer un estricto control de la
estabulación de caballos en el hipódromo y un seguimiento de las vacunas de
sus vacunas preceptivas, será OBLIGATORIO,
depositar las cartillas de identificación del caballo en el Departamento de Hípico
del Hipódromo Costa del Sol o del Hipódromo de Dos Hermanas antes de acceder a
sus instalaciones.
25ª La participación de caballos en las carreras programadas en esta Temporada queda condicionada a los siguientes requisitos:
a)
Carrera
Entertainment Corporation , S.A. y E-Quiniela, S.A., podrá prohibir la
participación de los caballos cuyos propietarios tengan saldo deudor con las
mismas , con
b)
Reserva de Boxes:
Se dirigirán por escrito o mediante fax Carrera Entertainment
Corporation , S.A., o a E-quiniela (de acuerdo con su estabulación en Hipódromo
Costa del Sol o Hipódromo de Dos Hermanas) su adjudicación se hará por
riguroso orden de petición, indicando el número de boxes, nombre del caballo y
propietario,
El
precio del box mensual para esta Temporada de Invierno-Primavera 2.005 queda
establecido en 116 € (incluido IVA).
En
todos los casos, salvo en los boxes
de transito, no esta incluido en el precio la cama del caballo (paja o viruta)
GUADA
En
los casos de los entrenadores que no tengan este número de caballos, deberá
compartir el Guadarnés o box de servicio, siempre que no se disponga de boxes.
Los
propietarios que deseen tomar parte en
Esta cantidad corresponde al alquiler del box, 100 € mas IVA (no esta
incluido, paja o viruta), el resto quedará depositado en la citada cuenta para
efectuar los oportunos cargos de inscripciones, forfaits, participantes,
servicios varios etc.
Los
caballos estabulados en los centro de entrenamiento de los Hipódromos de Dos
Hermanas y de
26ª
En
ningún caso podrán participar los caballos de los propietarios, que requeridos
por Carrera Entertainment Corporation,
S.A. y por E-Quiniela, S.A., para
regularizar el saldo deudor de sus cuentas con estas Sociedades, no lo hicieren
efectivo, declarándose nulas dichas inscripciones.
28ª
Las
personas que presenten reclamación, deberán realizar un depósito previo de 90
€ y permanecerán en el recinto de
peso a disposición de los Comisarios de Carreras, durante un plazo de diez
minutos, en virtud de lo establecido en el art. 119 del vigente Código de
Carreras.
29ª
Carrera
Entertainment Corporation , S.A. ó E-Quiniela podrá celebrar carreras
complementarias a este programa, que
tendrá que aprobar
30ª
Las
personas que quieran formular una apelación a los Sres. Comisarios de
La
apelación deberá dirigirse por escrito a los Comisarios de
34ª
Los
propietarios de los caballos participantes, quienes fueron sus criadores, los
colores de la cuadra, el nombre de las cuadras participantes, el nombre de los
caballos participantes, los caballos participantes, los jockeys, los jinetes no
profesionales, los aprendices, los mozos, los auxiliares, los veterinarios, los
Comisarios de Carreras, Los Jueces de Pista, los Jueces de Llegada, de Peso, de
Salida, así como cualquier persona
física o jurídica que directa o indirectamente
participe en la organización y/o desarrollo de cualquier carrera o
carreras que integren el presente programa, renuncian expresamente a su derecho
de imagen en cualquier medio como televisión, periódicos, revistas, videos,
etc.
Aceptan por el hecho de participar en las carreras de
dicho programa que cualquier derecho de su imagen en lo que concierne al
presente programa, es un derecho único y exclusivo de Carrera Entertainment
Corporation , S.A., y E-Quiniela, S.A. como Sociedades Organizadoras.
Igualmente
aceptan que su nombre o imagen que figure en cualquier documentación escrita
que sirva de soporte para los apostantes o como medio, que Carrera Entertainment
Corporation , S.A. y E-quiniela, S.A. entienda que es necesario publicar para el
buen desarrollo de las carreras, es un derecho único y exclusivo de
EL
HECHO DE PARTICIPAR EN LAS CARRERAS, IMPLICA EL CONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS Y
SU ADHESION A LAS MISMAS, QUEDANDO SOMETIDA SU PARTICIPACION A LAS CONDICIONES
QUE EN ELLAS SE ESTABLECEN.
ANEXOS
Si algún entrenador o su/s representante/s autorizado/s por
Se firmará en el Acta de Presencia que se adjunta como anexo.
ARTICULO 2º
La participación de uno o varios caballos en una jornada de carreras en
ausencia de su entrenador (o su representante autorizado por
ARTICULO 3º
EQUIVALENCIA DE SUMAS GANADAS Y CATEGORIAS
Las Equivalencias que se realizarán entre sumas ganadas o colocaciones en carreras organizadas en el extranjero y las carreras a que hace referencia el citado Programa en las condiciones de calificación de las carreras serán:
Para las carreras disputadas desde el 1 de Enero hasta el 30 de Septiembre 2005:
Premio al primero
Categoría
Principal
Igual o mayor a
18.000 €
1ª
CATEGORÍA
Igual o mayor a
12.000 €
2ª
CATEGORÍA
Igual o mayor a
5.000 €
3ª
CATEGORÍA
Igual o mayor a
2.400 €
4ª
CATEGORÍA
Inferior a
2.400 €
Rango antiguo
Rango Actual
Premio al Primero
Categoría
Principal
A
Igual
o mayor a
24.000 €
1ª
CATEGORÍA
B
Igual o mayor a
12.000 €
2ª
CATEGORÍA
C
Igual o mayor a
6.000 €
3ª
CATEGORÍA
D
Igual o mayor a
4.000 €
4ª
CATEGORÍA
E y F
Inferior
a
4.000 €
CARRERA DE VENTA O A RECLAMAR
COMO
SE RECLAMA:
·
Los Sres. Comisarios de Carreras, leerán los
impresos de compra, adjudicando el caballo a aquel que indique la cantidad
mayor, en caso de igualdad decidirán por sorteo simple. (artículo 58-A,
apartado II y III).
Los
Sres. Comisarios de Carreras reflejarán en el Acta del día de carreras, el
comprador del caballo ganador, así como el de los caballos que hayan sido
reclamados.
Una
vez cumplido lo anterior, el caballo será entregado al comprador, viniendo
obligado el vendedor a entregarle la cartilla de identificación del caballo
vendido (artículo 58-A, apartado IV).
-
Mediante cheque
-
Pago en efectivo
ANEXO IV.
CARGOS
HIPICOS DE CARRERAS ENTERTAINMENT CORPORATION S.A. y E-QUINIELA
S.A.
Dª. NATIVIDAD LOPEZ CANO
D. JUAN JOSE PALOMO MUÑOZ
Dª. CARMEN GAMEZ GONZALEZ
D. ANTHONY KELLEWAY
D.
D. FRANCISCO CROSSA GIL
ADJUNTO: Dª. PILAR GAMEZ GONZALEZ
Dª. DIANA RAMIREZ ROBLES
Dª
OLGA FERNANDEZ ACOSTA- Toma de muestras biológicas
Dª
TANIA JASNI – Toma de muestras biológicas
D. FEDERICO NIETO LEON-paddock y cajones de salida
Dª Marta Bezunartea López
D.Francisco
Casaus Navarro
D.
Aitor Gallastegui Menoyo
D.
Vicente Gálvez
ANEXO
V
CARRERA
SOPORTE DE
Se
aplicará el acuerdo de fecha 13 de Octubre
2005 remitido por
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