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SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRIA CABALLAR DE ESPAÑA |
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HIPÓDROMO
DE SANTA LUCIA INVIERNO 2006 |
| PRIMER DIA, DOMINGO 22 DE ENERO | SEGUNDO DIA, DOMINGO 5 DE FEBRERO |
| TERCER DIA, DOMINGO 26 DE FEBRERO | CUARTO DIA, DOMINGO 19 DE MARZO |
| QUINTO DIA, DOMINGO 2 DE ABRIL | CONDICIONES GENERALES |
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Premio
01. (G.P. 2000 m.) Premio
02. (preparatoria de yeguas) Premio
03. Premio
04. INSCRIPCIONES:
10
de Enero hasta las 13 horas |
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Premio
05. (G.P. de yeguas) Premio
06. Premio
07. Premio
08. INSCRIPCIONES:
24
de Enero hasta las 13 horas |
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TERCER DIA, DOMINGO 26 DE FEBRERO |
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Premio
09. (G.P.Sprint) Premio
10. Premio
11. Premio
12. INSCRIPCIONES:
14
de Febrero hasta las 13 horas |
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Premio
13. Premio
14. Premio
15. Premio
16. INSCRIPCIONES:
7 de Marzo hasta las 13 horas |
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QUINTO DIA, DOMINGO 2 DE ABRIL |
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Premio
17. Premio
18. Premio
19. (Yeguas) Premio
20. INSCRIPCIONES:
21
de Marzo hasta las 13 horas |
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TODAS LAS CARRERAS DE ESTE PROGRAMA SE REGIRÁN POR EL CÓDIGO DE CARRERAS VIGENTE DE LA SOCIEDAD DE FOMENTO DE LA CRÍA CABALLAR DE ESPAÑA Y POR LAS SIGUIENTES: |
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CONDICIONES GENERALES |
1ª
Las
condiciones de este Programa, serán firmes a partir de su publicación en el
“Boletín Oficial” de la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España,
así como cualquiera de las modificaciones que de forma justificada se
produjeran con el Vº Bº de los Comisarios de la Sociedad de Fomento de la Cría
Caballar de España y no podrán ser modificadas, salvo en lo referente a la
denominación de las carreras o a la elevación de la cuantía de sus premios.
Por causas de fuerza mayor, podrá realizarse la suspensión, modificación de
recorrido o traslado a otra fecha de la temporada.
2ª
Las
inscripciones, forfaits, declaración de participantes y los compromisos de
montas con sus respectivas firmas, habrán de depositarse, para que puedan
considerarse válidas, en las fecha y horas señaladas en el programa, en el buzón
habilitado al efecto en el Departamento de Carreras de Hipódromo de Santa Lucía,
S.A.
Asimismo
pueden entregarse en las oficinas de la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar
de España y resto de Sociedades Organizadoras autorizadas por la misma, que las
harán llegar al Hipódromo de Santa Lucía en el tiempo y forma anteriormente
fijados.
La
relación provisional de dichas declaraciones será exhibida en el tablón de
anuncios habilitado al efecto, concediéndose un plazo no inferior a una hora
para formular las reclamaciones que contra dicha relación provisional se
consideren oportunas.
3ª
Apreciada causa de fuerza mayor por los Comisarios de Carreras, en el
supuesto que en las inscripciones, forfaits o declaración de participantes se
detecte un manifiesto error humano o mecánico imputable solamente a los
servicios administrativos del Departamento de Carreras, los Comisarios de
Carreras, podrán, a su criterio, corregir los errores detectados.
4ª
Si a la vista
de las inscripciones, forfaits o participantes provisionales de una carrera, se
prevé que el número de caballos participantes pudiera ser igual o inferior a CINCO,
la carrera en cuestión podrá suprimirse, adoptando Hipódromo de Santa Lucía,
S.A. una de las siguientes medidas:
· Desdoblar otra carrera de la misma jornada.
· Abrir un plazo nuevo de inscripciones para otra carrera u otras que se
disputarán en la misma jornada o distinta, y cuya condiciones se publicarán en
el mismo momento en que la primera sea suprimida, con el VºBº de los
Comisarios de Sociedad.
· Decidir que en esa jornada no se celebre la carrera.
Si
en el día de la carrera quedase, por retirada de algún caballo, un número
inferior a cinco participantes, la carrera se celebrará con los participantes
que finalmente queden.
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Cuantía del Premio |
Inscrito no Participante |
Forfait |
Participante |
Inscripción Suplementaria |
| 1.200 | 60 | 6 | 12 | 132 |
| 800 | 40 | 4 | 8 | 88 |
| 700 | 35 | 3 | 7 | 77 |
| 600 | 30 | 3 | 6 | 66 |
| 500 | 25 | 3 | 5 | 55 |
6ª
En todas las
carreras que contempla este programa, los caballos que no hubiesen formalizado
la inscripción en las fechas y horas previstas o se hubiesen declarado forfait,
y cumplan las condiciones de calificación de las carreras, podrán participar
en las misma previo pago de una cantidad igual al 10% del premio al primer
clasificado, más el importe de la matrícula.
El
propietario que desee participar en una carrera de este programa, deberá tener
saldo suficiente en su cuenta de gestión interna abierta en Hipódromo de Santa
Lucía, S.A., para cubrir el importe de la matrícula del caballo o caballos
inscritos antes de la declaración de participantes.
Lo
dispuesto en el párrafo anterior será de aplicación igualmente a la
formalización de la inscripción suplementaria de algún caballo.
7ª
En las
carreras de DOS AÑOS, corriendo entre sí, no existirá descargo alguno por razón
de monta.
8ª
Todo objeto
ajeno a los normales de uso y costumbre, y que no esté prohibido, (gorro,
viseras, tapaojos, carrillada, etc.), deberá declararse en el momento de la
declaración de participantes para que sea autorizado o no su uso, y para que,
si fuera el caso, se haga público.
9ª
De
todos los caballos debutantes en una carrera deberá estar debidamente
acreditado por parte del Juez de Pista, Juez de Salida o Comisarios de Carreras
del Hipódromo donde se encuentren estabulados, mediante escrito, su
adiestramiento y aptitud para entrar y salir de los cajones de salida, estando
obligados los entrenadores o sus representantes legales a solicitar esta
certificación.
10ª
Se entiende
que las distancias sobre las que se disputan las pruebas de este programa son
aproximadas.
11ª
Los
entrenadores y sus representantes legales (reconocidos por la S.F.C.C.E.), deberán
presentar en el Departamento de Carreras, un impreso con su firma autorizada con
el fin de tener ésta como modelo para posterior aceptación de las
declaraciones de participantes. Asimismo, para los días de carreras deberán
solicitar un pase en el Departamento de Carreras, que autorice a las personas
que necesiten para la subida y bajada de caballos al paddock y salida a la
pista, y que aún no hayan sido acreditadas con anterioridad.
12ª En ningún caso podrán
participar los caballos de los propietarios, que requeridos por Hipódromo de
Santa Lucía, S.A. para regularizar el saldo deudor de sus cuentas con esta
Sociedad, no lo hicieren efectivo, declarándose nulas dichas inscripciones.
13ª Si
el número de caballos declarados participantes fuese superior al máximo
establecido de 10 (DIEZ), se procederá
según lo dispuesto en el Art. 95 del Código de Carreras.
14ª
Ningún jinete
podrá montar sin ir provisto de casco de protección ni chaleco homologado, según
la normativa de la Comunidad Europea de marzo de 2000, EN 13158, que será
especialmente controlado por los Sres. Comisarios de Carreras. Si se comprobase
que un jinete ha montado incumpliendo esta condición, el caballo por él
montado será distanciado y la falta cometida por el jinete será considerada
muy grave.
15ª Se ruega a todas aquellas personas que están sometidas al Código de
Carreras que su comportamiento en todas las zonas del Hipódromo sea ejemplar,
debiendo dirigirse a los Sres. Comisarios de Carreras para cualquier reclamación
que deseen realizar.
16ª
Se
recuerda a los Sres. Jinetes el Art. 117-VI del Código de Carreras, que
establece: El mal uso de la fusta u otro método por parte del jinete que
provoque un excesivo castigo al caballo, incluyendo el dar a un caballo en una
carrera más de ocho fustazos durante el recorrido, será castigado por los
Comisarios de Carreras en proporción a su gravedad.
17ª
De
acuerdo al Art. 62 B del vigente Código de Carreras, y con el fin de establecer
un estricto control de la estabulación de caballos en el hipódromo, y un
seguimiento de sus vacunas preceptivas, será OBLIGATORIO
depositar las cartillas de identificación del caballo en el Departamento de
Carreras de Hipódromo de Santa Lucía, S.A., antes de acceder a sus
instalaciones.
18ª
De los
acuerdos de la Junta Directiva se extrae lo siguiente: Los Sres. Comisarios
vigilarán y sancionarán, en su caso, el uso impropio del látigo por los
jinetes. Además solamente se permitirán aquellos que reúnan las siguientes
características: máxima longitud incluida la rabera, 76 cm.; mínima anchura 8
mm, máxima longitud de la rabera 10 cm., con un ancho máximo de 4 cm., y mínimo
de 2 cm. No deberá llevar refuerzos ni elementos adicionales y su peso no deberá
ser superior a 170 gr.
19ª No se permitirá el acceso a la zona de
los cajones de salida a ninguna persona sin la autorización expresa de los
Comisarios de Carreras.
Asimismo se prohíbe el uso de instrumentos no autorizados que, los
Comisarios de Carreras, pudiesen considerar alteren el rendimiento de los
caballos en las operaciones de salida.
20ª
En el paddock,
los caballos deberán ser presentados por un mozo correctamente vestido, el número
de mantilla deberá estar visible, siendo responsable el entrenador del
cumplimiento de esta normativa.
21ª El
entrenador o su representante, estará obligado a solicitar al Departamento de
Carreras de Hipódromo de Santa Lucía, S.A. una tarjeta acreditativa para el
mozo que vaya a realizar las operaciones inherentes a la participación de un
caballo en una carrera, siempre que el mozo en cuestión no estuviera
previamente acreditado por el citado Departamento.
22ª Los
jinetes de los caballos que hayan sido autorizados por los Comisarios de
Carreras para realizar el ensillado en sus cuadras a petición de sus
responsables, deberán presentarse obligatoriamente al pesaje posterior a la
carrera, independientemente del puesto que ocupe en la meta. Si no se presentase
al peso después de la misma, dicho caballo será distanciado y su entrenador o
jinete, será el responsable de dicha falta.
(Esta autorización
no conllevará retraso alguno en la presencia del caballo en el paddock).
23ª Las
personas que presenten reclamación, deberán realizar un depósito previo de 90
€ y permanecerán en el recinto de peso a disposición de los Comisarios de
Carreras, durante un plazo de diez minutos, en virtud de lo establecido en el
Art. 119 del vigente Código de Carreras.
24ª
El importe de
todas las multas a profesionales impuestas por los Comisarios de Carreras, lo
destinará la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar de España al Fondo de
Ayuda de cada colectivo de profesionales (jockeys y entrenadores).
25ª
Para poder
pasear los caballos montados durante la presentación en el paddock, será
obligatorio el haberlo solicitado con antelación a los Sres. Comisarios de
Carreras.
26ª
Las personas
que quieran formular una apelación a los Sres. Comisarios de la Sociedad de
Fomento de la Cría Caballar de España, deberán realizarla según lo
estipulado por el Código de Carreras, anexo XI (Reglamento Sancionador) en su
artículo 24-II, que dice.
La
apelación deberá dirigirse por escrito a los Comisarios de la S.F.C.C.E en un
plazo máximo de 4 días a contar desde la fecha del acuerdo que la motiva y
exigirá un deposito previo de 300 €, o del doble del importe de la multa
cuando se trate de apelaciones contra la imposición de multas inferiores a 150
€. Este depósito será devuelto en todo caso cuando la apelación fuera
estimada y podrá ser devuelto o no, según la libre apreciación de los
Comisarios de la S.F.C.C.E, si fuera desestimadas.
28ª
Hipódromo de Santa Lucía, S.A. abonará los premios a propietarios que
resulten acreedores, una vez regularizados los saldos deudores que pudieran
mantener con esta Sociedad.
El abono de los premios estará, en todo caso, supeditado al resultado de
los controles de análisis de muestras biológicas que realizarán a los
caballos, en la forma establecida por el Código de Carreras.
El
pago se realizará a final del mes en el que se informe del resultado de dichos
controles, para cada día de carreras.
Nota
importante: Los Sres. Propietarios, AEGRI, jinetes y preparadores, que no hayan
cumplimentado la solicitud de entrada de caballos permanente, de cuadra o no
hayan informado de su número de cuenta, deberán hacerlo antes del comienzo de
la temporada. En aquellos que la cuadra constituya una actividad económica
deberán aportar los datos de la misma, estando obligados a presentar factura a
Hipódromo de Santa Lucía, S.A. por el importe del premio obtenido más su IVA
correspondiente, para que se abone el premio obtenido en su cuenta.
Para
aquellos cuya condición no constituya actividad económica, deberá presentar
factura a Hipódromo de Santa Lucía, S.A. aplicando la retención
correspondiente al premio que obtenga.
29ª
Los
propietarios de los caballos participantes, quienes fueron sus criadores, los
colores de la cuadra, el nombre de las cuadras participantes, el nombre de los
caballos participantes, los caballos participantes, los jockeys, los jinetes no
profesionales, los aprendices, los mozos, los auxiliares, los veterinarios, los
Comisarios de Carreras, los Jueces de Pista, los Jueces de Llegada, de Peso, de
Salida, así como cualquier persona física o jurídica que directa o
indirectamente participe en la organización y/o desarrollo de cualquier carrera
o carreras que integren el presente programa,
- Renuncian
expresamente a su derecho de imagen en cualquier medio como televisión, periódicos,
revistas, videos, etc.
- Aceptan
por el hecho de participar en las carreras de dicho programa que cualquier
derecho de su imagen en lo que concierne al presente programa, es un derecho único
y exclusivo de Hipódromo de Santa Lucía, S.A., como Sociedad Organizadora.
- Igualmente
aceptan que su nombre o imagen figure en cualquier documentación escrita que
sirva de soporte para los apostantes o como medio, que Hipódromo de Santa Lucía,
S.A. entienda que es necesario publicar para el buen desarrollo de las carreras,
es un derecho único y exclusivo de la Sociedad Organizadora.
Las
condiciones de la publicidad que porten los jinetes o los colores de los
propietarios se regularán por lo dispuesto en el Anexo IX del Código de
Carreras. Asimismo, Hipódromo de Santa Lucía, S.A. deberá autorizar la
publicidad indicada de forma expresa.
EL HECHO DE
PARTICIPAR EN LAS CARRERAS, IMPLICA EL CONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS Y SU
ADHESION A LAS MISMAS, QUEDANDO SOMETIDA SU PARTICIPACION A LAS CONDICIONES QUE
EN ELLAS SE ESTABLECEN.
Anexo
XII Código de Carreras
DE
LOS ENTRENADORES; DE SU PRESENCIA Y REPRESENTACIÓN EN LAS JORNADAS DE CARRERAS
ARTICULO
1º
Antes
de las carreras de cada jornada, los Comisarios de Carreras exigirán la firma
de todos y cada uno de los entrenadores (o sus representantes autorizados por la
S.F.C.C.E) que corren caballos de su preparación en esa jornada.
Si
algún entrenador o su/s representante/s autorizado/s por la SFCCE, no pudiese
asistir a un hipódromo por participar otros caballos de su preparación en
otros hipódromos o por causa de fuerza mayor apreciada por los Sres. Comisarios
de SFCCE, podrán excepcionalmente nombrar para esa jornada e hipódromo a otro
entrenador, jinete o mozo de cuadra, solicitándolo a la SFCCE con una antelación
mínima de 72 horas respecto a la fecha de celebración de dicha jornada, para
que la persona nombrada sea autorizada o no, por los Sres. Comisarios de SFCCE.
Se
firmará en el Acta de Presencia que se adjunta como anexo.
ARTICULO
2º
La
participación de uno o varios caballos en una jornada de carreras en ausencia
de su entrenador (o su representante autorizado por la S.F.C.C.E.) será
considerada como falta grave, siendo sancionado el entrenador de acuerdo con lo
establecido en el Código de Carreras y sus Anexos.
ARTICULO
3º
Los
Comisarios de Carreras enviarán el Acta de Presencia de cada jornada, junto al
acta de carreras, a la S.F.C.C.E, para el control de los Comisarios de Sociedad.
EQUIVALENCIA
DE CATEGORÍAS
EQUIVALENCIA
DE SUMAS GANADAS Y CATEGORÍAS
Las
equivalencias que se realizarán entre sumas ganadas o colocadas en carreras
organizadas en el extranjero y las categorías a que hace referencia el citado
Programa en las condiciones de calificación de las carreras, serán:
- Para
carreras disputadas antes del 1 de octubre de 2005:
Premio
al primero
CARRERA
PRINCIPAL
Igual o mayor a
15.000 €
1ª CATEGORÍA
Igual o mayor a
9.000 €
2ª CATEGORÍA
Igual o mayor a
4.000 €
3ª CATEGORÍA
Igual o mayor a
2.400 €
4ª CATEGORÍA
Inferior a
2.400 €
- Para
carreras disputadas después del 1 de octubre de 2005:
Rango
antiguo
Rango actual
Premio al primero
Categoría
Principal
A
Igual o mayor a
24.000 €
1ª CATEGORÍA
B
Igual o mayor a
12.000 €
2ª CATEGORÍA
C
Igual o mayor a
6.000 €
3ª CATEGORÍA
D
Igual o mayor a
4.000 €
4ª CATEGORÍA
E y F Inferior a
4.000 €
CARRERA
DE VENTA O A RECLAMAR
Serán reguladas por el Art. 58 del vigente Código de Carreras y por las
siguientes condiciones:
· Todos los caballos salen a vender, y podrán verse desde cinco minutos
antes de la hora fijada en el programa oficial de Hipódromo de Santa Lucía,
S.A., para celebrarse la carrera anterior, sin vendas ni nada que pueda ocultar
un defecto o problema, en los boxes de ensillado.
· Los caballos que salgan a vender podrán ser reclamados hasta 5 minutos
después de que los Sres. Comisarios de Carreras comuniquen el orden definitivo,
adjudicándose a aquella persona que puje la cantidad más elevada.
COMO SE RECLAMA:
· Se rellena el impreso de compra con los datos personales, firma, nombre
del caballo y precio a reclamar (pudiendo ser incrementado con una cantidad
mayor al precio de salida, pues caso de haber uno o más interesados, se
adjudicará a la cantidad mayor).
· El citado impreso se depositará en el buzón colocado al efecto en el
recinto de balanzas, hasta cinco minutos después del final de la subasta del
caballo ganador.
· Los Sres. Comisarios de Carreras, leerán los impresos de compra,
adjudicando el caballo a aquel que indique la cantidad mayor, en caso de
igualdad decidirán por sorteo simple. (artículo 99, apartado II y III).
LA VENTA DEL
CABALLO GANADOR Y RECLAMACIÓN DE LOS DEMÁS PARTICIPANTES SERÁ VÁLIDA SÍ:
· Está realizada por una persona que pueda realizarla para lo cual se
comprobará la identidad del reclamante.
· El caballo ha terminado el recorrido y se ha presentado en el recinto
de desensillado antes de que los Comisarios de Carreras confirmen el orden de
llegada y en perfecto estado de salud a juicio del Veterinario Oficial.
Los
Sres. Comisarios de Carreras reflejarán en el Acta del día de carreras, el
comprador del caballo ganador, así como el de los caballos que hayan sido
reclamados.
Una
vez cumplido lo anterior, el caballo será entregado al comprador, viniendo
obligado el vendedor a entregarle la cartilla de identificación del caballo
vendido (artículo 99, apartado IV).
COMO SE EFECTUA EL PAGO:
Estará reflejado en el impreso y podrá ser:
- Mediante
cheque
- Pago en
efectivo
El
propietario del caballo vendido o reclamado recibirá el precio en que ha salido
su caballo a la venta, quedando su excedente destinado a la Sociedad
Organizadora. (artículo 99, apartado V).
EL ACTO DE COMPRA
EN ESTE TIPO DE CARRERAS NO DA DERECHO A PRESENTAR NINGUNA RECLAMACIÓN POR
LESIONES O VICIOS REDHIBITORIOS QUE PUEDAN TENER LOS CABALLOS OBJETOS DE LA
MISMA (artículo 99, apartado VI del vigente Código de Carreras).
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